El Registro de Formación del Profesorado de la Consejería de Educación y Empleo de Extremadura, en adelante el RFP, recoge las siguientes actividades:
Este Registro que se gestiona desde el Servicio Innovación y Formación del Profesorado de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, permite conocer las actividades formativas superadas por el profesorado, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa actual.
Las actividades inscritas tienen efectos en el sistema retributivo de los funcionarios docentes de acuerdo con la normativa vigente.
Asimismo, podrán valorarse en cuantas convocatorias, concursos o actos administrativos las contemple como requisitos o méritos en sus bases, si bien, hay que recordar que los procedimientos referidos tienen sus propias bases, por lo que no todas las actividades formativas que pudiera ser admitida en dichos procedimientos, podrían ser inscritas en el RFP. Por ello, es importante que cuando la persona docente vaya a solicitar el reconocimiento de actividades para su inscripción en el RFP tenga claro lo que realmente es susceptible de inscripción en el mismo.
En determinados procedimientos, como concursos de traslados y actualización de méritos, desde la Dirección Gral. de Personal Docente de nuestra Consejería, se tienen en cuenta las actividades que constan en el RFP que, como se ha indicado anteriormente, depende de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa.
A este respecto, hay que indicar que no todas las actividades formativas superadas por la persona docente que fueran aceptadas en el concurso puedan serlo a la hora de inscribirlas en el RFP, pues se hace necesario cumplir una serie de requisitos, siendo básicamente los que se indican en el apartado siguiente. Por ello, para evitar gestiones innecesarias, es recomendable que el profesorado solo solicite reconocimiento e inscripción de aquellas actividades que cumplan los referidos requisitos.
A grandes rasgos, serán requisitos imprescindibles para que las actividades formativas superadas por el profesorado sean inscritas en el RFP:
En los supuestos recogidos en el punto b) del aparatado anterior, el profesorado podrá solicitar la inscripción en el RFP de acuerdo con el siguiente procedimiento:
-Una única solicitud para todas las actividades para las que se pide inscripción. Descargue el modelo de solicitud de Badajoz o Cáceres, según la provincia del puesto de trabajo, que se encuentra en esta página (banner de la derecha).
https://formacion.educarex.es/registro/292-sites/3091-resgistrosolicitud
-Copia auténtica (en el registro donde se tramite) del certificado de participación en cada una de las actividades.
-En el supuesto de certificados expedidos en idioma distinto al castellano, se acompañará de la traducción oficial.
-En el caso de que el profesorado hubiera realizado la actividad estando desempeñando sus funciones en centro educativo concertado, es necesario un certificado de la persona responsable de la dirección del centro que acredite que la persona era docente en activo en el centro, en el momento de la realización de dicha actividad.
La solicitud, junto al resto de documentación, debe dirigirse a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación. El plazo para poder solicitar la inscripción y registro de actividades está permanentemente abierto.
Para consultar tu historial formativo solo necesitas tu usuario y contraseña de Rayuela. Recuerda que es fundamental que tus datos estén actualizados en dicha Plataforma (centro en el que te encuentras, correo electrónico de contacto...).
Los datos que constan en el Registro pueden ser consultados por el profesorado, a través del siguiente enlace: https://rfp.educarex.es/
Una vez accedas al RFP con tus datos de identificación, podrás descargarte, en pdf, las actividades que ya estén reconocidas, o las correspondientes diligencias, si fuera el caso.
Hay que recordar que, siempre, las diligencias deben acompañar a las correspondientes certificaciones cuando las actividades se hubieran desarrollado desde entidades que tienen convenio con nuestra consejería, en materia de formación del profesorado, o cuando estas las hubiera desarrollado la persona docente fuera de nuestra Comunidad Autónoma, desde diferentes entidades o instituciones.
-Para actividades finalizadas entre los días 10 de diciembre de 1.992 y el 4 de noviembre de 2.000 es de aplicación la normativa establecida en la Orden de 26 de noviembre de 1.992 (B.O.E., de 10 de diciembre).
-Para actividades finalizadas después del día 4 de noviembre de 2000 es de aplicación la normativa establecida en la Orden de 31 de octubre de 2000 (D.O.E., de 4 de noviembre) y D.O.E., de 11 de noviembre).
-Sobre las actividades que son solicitadas para reconocimiento e inscripción en el RFP, por parte de la persona interesada, por haberlas realizado, por su cuenta, fuera de la Red de Formación de la Consejería de Educación y Empleo, una vez valoradas por la comisión correspondiente, se remitirá notificación sobre aceptación o denegación, en este último caso, con indicación de los motivos.
-Sobre los certificados de historiales formativos que hubieran de precisarse firmados, se solicitarán, preferentemente, a los correspondientes Centros de Profesores y de Recursos. También podrán solicitarse a las Unidades de Programas Educativos a través de los correos: upebadajoz@educarex.es o upecaceres@educarex.es . En última instancia al Servicio de Innovación y Formación del Profesorado a través del correo innovacionyformacion@educarex.es
Actividades susceptibles de inscripción en el Registro de Formación del Profesorado:
-Las organizadas desde los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
-Las participaciones en determinados programas, planes y actuaciones convocados desde la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, siempre que la inscripción quede indicada en la correspondiente convocatoria.
-Las organizadas desde instituciones o entidades que hubieran recibido homologación, a través de convenio o de resolución con la Consejería de Educación y Empleo (ejemplo, algunas de las Organizaciones Sindicales).
-Las reconocidas e inscritas desde otras Administraciones Educativas, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en nuestra normativa reguladora.
-Los títulos universitarios diferentes al que dio acceso a la función docente; doctorado y títulos universitarios de postgrado; los títulos que acrediten que se han superado los niveles intermedio y avanzado de escuelas oficiales de idiomas, etc.
-Las organizadas en el Ministerio de Educación, otras Comunidades Autónomas, o en base a convenios o resoluciones, fuera de Extremadura, siempre que lleven el correspondiente número de inscripción en el Certificado.
-Etc.
Actividades susceptibles de NO inscripción en el Registro de Formación del Profesorado:
-Si la persona no era docente, y por tanto, no tenía destino en centro educativo durante la realización de la actividad.
-Si la actividad no está homologada o conveniada desde la Administración Educativa (no tuviera autorización para ser inscrita en el Registro de Formación del Profesorado).
-Si se desarrolla en otra Administración Educativa y/o Entidad conveniada, y la certificación sobre la actividad no contempla el preceptivo número de registro de formación del profesorado.
-Las actividades organizadas desde universidades que no hubieran sido, previamente, homologadas o conveniadas desde la Consejería de Educación.
-Las que, habiéndose desarrollado en el ámbito del Ministerio de Educación o Consejerías de Educación de las diferentes Comunidades Autónomas, no hubieran sido homologadas o conveniadas.
-Etc.