Complemento de Formación Permanente
¿TIENE DUDAS SOBRE EL COMPLEMENTO DE FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO? CONTESTAMOS A TODAS SUS PREGUNTAS….
Es una retribución complementaria del profesorado.
Para su retribución, la persona docente debe cumplir 6 años de servicio docente y tener superadas 100 horas de formación, inscritas en su historial formativo del Registro de Formación Permanente del Profesorado.
Para conocer las horas de formación reconocidas en su historial formativo debe acceder con su usuario y contraseña de “Rayuela” en el siguiente enlace:
Para consultar dudas más concretas, puede dirigirse a la Unidad de Programas Educativos de la correspondiente provincia.
Serán tenidas en cuenta aquellas actividades formativas que cumplan los requisitos establecidos en la normativa reguladora sobre formación del profesorado, y que estuvieran inscritas en el Registro de Formación del Profesorado de la Consejería. A grandes rasgos, son los que se indican:
- Que estas se hayan realizado, estando el docente con destino en centro educativo sostenido con fondos públicos.
- Que hayan sido homologadas o conveniadas, previamente, desde la Administración Educativa.
- Las actividades organizadas por el Ministerio, otras Comunidades Autónomas, o en base a convenios o resoluciones fuera de Extremadura, siempre que lleven el correspondiente número de inscripción en el certificado, podrán ser inscritas en el RFP.
Quedan recogidas en el Registro de Formación del Profesorado, y, por tanto, son válidas para obtener los sexenios, las siguientes actividades:
- Las organizadas desde la Dirección Gral. de Innovación e Inclusión Educativa, a través del Servicio de Innovación y Formación del Profesorado, y/o por los Centros de Profesores y de Recursos, además de las que, obteniendo autorización para su inscripción, se desarrollan desde otros Servicios de la Consejería de Educación y Empleo, en base a diferentes programas, planes y actuaciones.
- Las organizadas desde diferentes Instituciones o Entidades, que hubieran adquirido homologación, a través del correspondiente convenio o Resolución del Director General de Innovación e Inclusión Educativa, ejemplo, las Organizaciones Sindicales.
- Las que, habiendo sido previamente homologadas o conveniadas desde una Administración Educativa, fueran superadas por la persona docente fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y cumpliendo los requisitos establecidos, fueran solicitas para reconocimiento e inscripción en nuestro RFP.
- Títulos universitarios que no sea el que dio acceso para desempeñar la función docente.
- Doctorados y títulos de Postgrado.
- Grado Elemental y/o Superior de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
- Etc.
Sí, se certifican horas de formación, tanto por llevar a cabo la tutoría de funcionarios en prácticas, como la tutoría y coordinación de alumnado que cursa estudios universitarios, y alumnado de FP Dual.
Las horas sobrantes en un sexenio no son computables para el siguiente a cumplir.
Para el primer sexenio el profesorado tiene que entregar el Anexo I, al que puede acceder a través del siguiente enlace (solicitud de sexenios), en los registros de las Delegaciones Provinciales de Educación, donde estén prestando sus servicios. Para los siguientes, la persona docente tiene que completar 100 horas de formación, inscritas en el Registro de Formación del Profesorado, exigidas durante el periodo de seis años.
La Unidad de Programas Educativos de la Delegación Provincial comprueba los datos obrantes en el Registro de Formación del Profesorado para verificar el número de horas formativas superadas por las personas docentes que van a cumplir el sexenio en un determinado mes.
Si el interesado comprueba que no se le abona el sexenio, sin causa justificada aparente, deberá ponerse en contacto con la Sección de Personal de la Delegación Provincial de Educación.
En este caso, no podrá percibir el sexenio hasta que consiga las horas formativas establecidas en la normativa.
Una vez certificadas y registradas en su historial formativo, percibirá el sexenio desde el mes siguiente a aquel en que registró la actividad formativa que dio lugar al cumplimiento del requisito de las 100 horas de formación.
En estos casos, la fecha de cumplimiento del siguiente sexenio no cambia, sino que se acorta el periodo de seis años para completar las 100 horas del siguiente, en tanto tiempo como se retrasó el anterior.
Solicitudes de inscripción de actividades
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Desde la app de la Red de formación no solo podrás recibir notificaciones de tus actividades preferidas o de los CPR que selecciones, también puedes acceder a toda la información referida a los sexenios y a tu historial formativo.
Para consultar tu historial formativo solo necesitas tu usuario y contraseña de Rayuela. Recuerda que es fundamental que tus datos estén actualizados en el Registro de formación (centro en el que te encuentras, correo electrónico de contacto…).
